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Muchos recordarán el título de esta famosa película (en versión original "The Parent Trap", 1961) cuyo argumento trataba de dos jovencitas de 13 años que casualmente coinciden en una residencia de verano. Se dan cuenta de su parecido físico y descubren, asombradas, que son hermanas gemelas. Sus padres "se las habían repartido" al divorciarse siendo pequeñas yendo a vivir cada una de ellas con un progenitor distinto, una en cada extremo de Estados Unidos.

El argumento de este film puso en evidencia una problemática que ya era frecuente en la sociedad americana de aquel tiempo: ¿Qué hacer con los hijos cuando una pareja se divorcia? ¿Quién tienen derecho a quedárselos? Treinta años atrás en España la pareja era supuestamente indisoluble y era impensable plantearse este problema, pero ahora la cuestión se vive a diario.

Antes incluso de las famosas normas sobre la discriminación positiva a favor de la mujer, los jueces normalmente han entendido que debería de ser la madre quien se quedase con la custodia de los hijos. Efectivamente, el peso de la tradición y la idea de que los niños han de estar mejor con la madre están aún muy presentes. Pero eso ha sido siempre muy injusto. Obviando a las madres responsables, hay otras que no se merecen custodiar a sus hijos por el simple hecho de que son unas probadas inconscientes. Otras no desean hacerlo por egoísmo y tener especiales prioridades (aunque parezca increíble también existe este tipo de madre) y otras no pueden hacerlo porque su trabajo les impide dedicar a sus hijos todo el tiempo necesario.

Por parte de los padres hay quienes "pasan de sus hijos", hay quienes "tienen suficiente" con verlos unos días (horas) a la semana, cada quincena o cada mes. Pero hay otros padres que tienen instalada la tristeza en su corazón al no poder, queriéndolo, convivir de forma habitual, o más a menudo, con sus hijos. Si la convivencia con la madre de sus hijos se ha probado imposible por diversas causas, ello no significa que quieran desprenderse de sus hijos o deban de tener sólo una mínima convivencia con ellos.
Para cambiar esta injusticia existe la denominada custodia compartida. Esta figura jurídica, afortunadamente ahora en promoción, implica que los hijos sean criados por los dos padres indistintamente bajo acuerdo de tiempos y hogares designados. En 2008 sólo el 9,7% de las custodias se dieron a ambos cónyuges, frente al 86% que fueron otorgadas a la madre y el 4% al padre.

El Parlamento Aragonés ha sido el primero (ya hay otros que lo estudian) en aprobar una ley que primará la custodia compartida en caso de separación. Los padres podrán, de mutuo acuerdo, o, ahora, por imperativo legal, compartir la vida de sus hijos a partes iguales.

Los nuevos modos de vida social y laboral (diferentes a los tradicionales) han hecho que la ley deba de adaptarse a las realidades del día a día. Hoy hay muchas mujeres que trabajan y desean promocionarse en sus empleos. Desean compartir esta mejora en su situación laboral con el cuidado de sus hijos sin renunciar tampoco a su tiempo de libertad. Por otra parte no es justo ni racional privar a un niño de la figura paterna cuando en muchos casos el mayor deseo de un padre es poder estar más tiempo con su hijo.

Ha habido decisiones judiciales muy injustas que han hecho sufrir mucho a muchos padres. La custodia compartida se irá, sin duda, extendiendo ya que favorece el interés de los hijos y promueve la igualdad entre los progenitores.