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Las tres magistradas de la Sección Primera de la Audiencia provincial han rechazado el recurso de súplica presentado por Jaume Matas para evitar el cumplimiento de la condena de nueve meses de cárcel que le impuso el Tribunal Supremo como autor de un delito de tráfico de influencias. Esta decisión se enmarca en la discrecionalidad de los jueces para exigir que se cumplan las penas de privación de libertad, que en este caso no se ha querido resolver con el pago de una sanción económica.

Ante un delito como el tráfico de influencias, vinculado a la corrupción política, las magistradas de la Audiencia de Palma consideran que no procede la dispensa de la suspensión de condena. Argumentan que una decisión en este sentido no sería entendida por una sociedad que ha sido la principal víctima del comportamiento delictivo del expresidente de la Comunidad Autónoma y exministro.

La corrupción política no merece ningún beneficio judicial, una interpretación dura pero que responde a la demanda ciudadana. A Matas no le queda otra opción que el indulto para evitar su ingreso en prisión, pero el expresidente no puede alegar ninguna condición sólida para obtener esta medida de gracia.