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El informe jurídico encargado por el Consell al bufete Olleros sobre el 'caso Cesgarden', cuyo contenido desvela hoy MENORCA l «Es Diari», concluye que para plantear la revisión de la sentencia es preciso probar antes la existencia de algún ilícito penal. Concretamente, falsedad documental, maquinación fraudulenta o bien falso testimonio en el informe pericial.

El primer paso ya lo ha dado el presidente Santiago Tadeo, al anunciar -en el pleno celebrado el pasado lunes- que ha decidido remitir el 'expediente Cesgarden' al Colegio de Abogados para determinar si «hubo una actuación negligente» por parte de la defensa letrada del Consell que ha desembocado en una sentencia firme que le obliga a pagar una indemnización de 28,9 millones.

Primero hay que probar la comisión de un delito, subraya este informe, y al mismo tiempo advierte que acusar sin pruebas implicaría una querella contra la institución. En una palabra, que la revisión de la sentencia debe contar con pruebas suficientes para sustentar la acusación. Las dudas se centran en la sustitución de Siteme por Cesgarden y que la defensa del Consell no cuestionó el peritaje de Cesgarden.