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Así es conocido por su carácter confiscatorio el Impuesto de Bienes Inmuebles, heredero de lo que fue la contribución urbana. Nos dan la tabarra desde el flanco siniestro sobre la bondad de  los impuestos porque financian el estado del bienestar entendido como pensiones, acción social, sanidad y educación públicas y, en efecto, a esos menesteres entregamos uno de cada cinco, o de cada seis o siete u ocho euros de la nómina y el IRPF. O la tercera parte del beneficio de las empresas.

Hemos asumido incluso entregar al fisco una parte del beneficio obtenido de una transacción comercial, el IVA forma parte de nuestra vida diaria. Pero cómo se explica el IBI, cuál es su fundamento jurídico. Tener casa propia, por lo general cuando formas una familia pero no necesariamente, constituye una aspiración natural de las personas. En España ocho de cada diez hogares tienen escriturada su vivienda, muchos de ellos con hipoteca y para que la tengan el dos por ciento restante luchan denodadamente las instituciones, la vivienda es una prioridad en el discurso político.   

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Esconden, sin embargo, que se trata de una propiedad que a su vez es una hipoteca para toda la vida, un impuesto perpetuo, una especie de alquiler que te pone el Ayuntamiento mientras vivas en su municipio. Compras una casa y cada año tendrás que pagar sin que nadie acierte a razonar el porqué. Es probable que aceptáramos una cantidad modesta como contribución a la vida municipal, pero de ahí al sablazo en el que se ha convertido el IBI hay un largo trecho.

Y para que la alcabala no quede desfasada se va actualizando al ritmo del mercado inmobiliario, que poco tiene que ver con los salarios y las pensiones, en permanente ‘adagio’, lejos de revalorizarse un 700 por cien como ha fijado el catastrazo para la costa rica de Sant Lluís, aunque no todos sus residentes son ricos.