En dicho documento, explican que se han producido amnistías de tipo no político, como las fiscales en el caso de España para la afloración de «dinero negro», pero que «mayor utilidad social» cabe atribuir a las «amnistías políticas», que suelen dictarse tras un cambio de régimen, como la Ley española de 1997, o «superar un determinado conflicto político sin que la Constitución haya sufrido ninguna transformación». En este último caso, alude al caso de la normativa aprobada por el Parlamento inglés relativa al conflicto norirlandés, cuyos parámetros son «muy distintos» a la amnistía que defienden promulgar en Cataluña, en alusión a que el caso irlandés implicó a grupos armados como la Fuerza Voluntaria del Úlster y el Ejército Republicano Irlandés (IRA). Por otro lado, el dictamen del grupo de expertos de Sumar apunta a que el punto de inflexión que inició el conflicto fue la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló parte del Estatut de 2006, como la mención a la realidad nacional de Cataluña, aprobado en el Parlament y validado por referéndum, a instancias de un recurso del PP. A su juicio, esa «discordancia» entre el fallo del TC y el resultado de la consulta a la reforma estatutaria fue el motivo esgrimido para que en 2013 el parlamento catalán aprobara una resolución que llamaba a explorar el proceso de ejercicio del «derecho a decidir», sin que en ningún momento se planteara utilizar «la violencia como instrumento de negociación» con el Estado.
Luego, repasa enfatiza que otros dos hechos esenciales fue el rechazo del Congreso a la proposición de ley del Parlament para celebrar referéndums sobre su futuro político y el recurso de inconstitucionalidad por el Gobierno, durante la etapa del PP, a la ley de consultas populares no refrendarias en Cataluña, cuyo grueso fue declarado luego contraria a la Carta Magna. Y pese a ello remarca que se convocó por la Generalitat la consulta del 9-N, desarrollada de manera «pacífica», mientras que en 2015 se reformó la ley orgánica del Tribunal Constitucional, con la evidente intención de convertir en delitos de desobediencia la insumisión a sus resoluciones como respuesta a los«incumplimientos» de este tenor que habían tenido lugar en Cataluña. Un «clima de creciente tensión política» que derivó en la afamada resolución del Parlament de 2017, «en claro incumplimiento de la Constitución vigente y como desafío a las instituciones del Estado», provocando un conflicto «jurídicamente grave», como dejaron claro distintas resoluciones.
Y después relata que la declaración unilateral de independencia que llevó como respuesta la aplicación, tras acuerdo en el Senado, del artículo 155 de la Constitución para suspender la autonomía de Cataluña en diversos aspectos, medida «eficaz» para neutralizar dicha declaración. Por tanto, el grupo de expertos recabados por Sumar concluyen que «existían» en el ordenamiento jurídico «vías ajenas» al Derecho penal para resolver el «conflicto igualmente político» y desgrana que los procesos abiertos en los tribunales por el 'procés' evidencian el «fracaso» de la vía «punitivista». Así, el dictamen recalca que la acusación bajo del delito de rebelión por parte de la Fiscalía ya fue fuertemente contestada por diversos juristas, cuando ese tipo se sustenta sobre el elemento de una actuación violenta y cuya ausencia, razona el texto, era evidente en este caso. Posteriormente, alude a la sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes independentistas por el delito de sedición, «no poco grave», bajo el supuesto de un alzamiento tumultuario, pese a que interpretan que en el propio fallo del alto tribunal quedó probado que los condenados nunca pretendieron alcanzar la independencia por la vía de la inconstitucionalidad, sino como un elemento de negociación con el Estado. «La resolución penal del conflicto generado en Cataluña (...) supuso la expresión de una política criminal que se sirvió de una aplicación muy discutible de la normativa penal vigente, sinexplorar otras alternativas menos aflictivas», ahonda el dictamen. De hecho, subraya que la reivindicación de la independencia de Cataluña o del derecho de autodeterminación «no puede constituir delito en un sistema de democracia no militante como el que establece nuestra Constitución», aludiendo a la doctrina del propio Supremo en varias resoluciones.
Mientras, el dictamen de este grupo de juristas alude a que existe una nueva orientación «divergente» de la citada vía punitivista con el nuevo Ejecutivo y que se plasma en la derogación del delito de sedición. La eliminación de dicho tipo penal supuso, de acuerdo con estos juristas, un giro en favor de una resolución política del conflicto, seguido con la concesión de indultos a los políticos condenados por el 'procés', por lo que la amnistía se situaría en una segunda fase en este nuevo rumbo donde el Estado «renuncia a la utilización delaparato punitivo y confía en la utilización de herramientas políticas». Por tanto, el dictamen de Sumar desgrana que la actual legislatura es «idónea» para limitar la aplicación de la amnistía desde 2013 hasta el 17 de agosto del presente año, momento en el que se constituyen las Cortes Generales, incidiendo en que la Constitución da sustento a aplicarla y cuando la vía punitivista del conflicto catalán, apoyada de manera controvertida en tipos penales ya derogados, fue «ineficaz». Así, insisten en que una vez desaparecida la sedición la amnistía es adecuada para pacificar el conflicto político porque «cumple cabalmente ese postulado del mayor beneficio social», teniendo en cuenta de que en absoluto se trata de «despenalizar conductas» sino de «situar en ese margen temporal la comisión de ciertos delitos y enlazarlo con un contexto de reivindicación política». Y por tanto reivindican esta medida de gracia como elemento pacificador cuando «no son delitos de sangre».
18 comentarios
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El CONFLICTO TERMINARÁ EL DÍA QUE SE APLIQUE LA JUSTICIA CON RIGOR A LOS QUE PRETENDEN IMPONER SU VOLUNTAD POR LA FUERZA A LA MITAD DE LOS CATALANES. Sin indultos ni amnistías LO VOLVEREMOS A HACER dicen . NOSOTROS TAMBIÉN y eliminaremos la ley SANCHEZ que ELIMINÓ SEDICIÓN y QUE OS DA CARTA.
Creo haber leído "conflicto"? Para nada.... España es la unión de las 17 diferentes comunidades que hacen peculiar a este país, muchas de ellas con su propia cultura, dialecto, gastronomía.....y esa preciosa característica de cada una forma el país donde vivimos.
baixamanerApoya usted un referéndum per sa LLENGO a Balears?
Tothom sap que el conflicte s'acabara quant l'estat dongui la paraula als ciutadans, mentre no ho faci, hi haurà conflicte i tornarem a tenir situacions tan comiques com les que diuen que un partit independentista tingui la clau de la governabilitat d'Espanya, que el maxim aspirant digui que la amnistia es ilegal i despres es desdigui de les seves paraules, que fins i tot l'esglesia es pronuncii en contra quant encara no hi ha cap text, que l'exercit calli pero que tothom sapiga el que pensa. Totes situacions incomodes i perilloses, sabent el poder del feixisme a les institucions i sabent tambe que la consulta ciutadana es l'unica sortida posible si es vol acabar amb el conflicte i no allargar-ho sense data de caducitat.
Los expertos de la Yoli, lo que vienen a decir es que, como a pesar del código de la circulación y de las sanciones que se ponen a quienes lo incumplen, siguen habiendo quienes se saltan las normas, la mejor solución es no hacer caso al código de la circulación y perdonar las sanciones a quienes las incumplen.
No ayudará. Despues vendrá el Referendum. Y despues 2 huevos duros. Sólo acabaría dandoles la independencia, pero eso supondría dejar indefensos a la mitad de los catalanes que no la quieren.
El ridículo internacional es increíble.
Los de sumar son mas cortos que las mangas de un chaleco
Parece que estamos en la fase del vale todo para gobernar pero, mirad lo que os digo, a corto plazo puede que al señor Pinocho le funcione eso de la admistia pero a largo le saldra muy pero que muy caro. No todo vale. La realidad es que tiene miedo a nuevas elecciones.
El peor gobierno de la democrácia.Y eso que Zapatero dejó el listón bien alto.