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Una mujer que pierda a su marido, menor de 65 años, en un accidente de tráfico recibirá una indemnización de 115.035 euros, según la resolución de 5 de marzo de 2014 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En el caso de los hijos menores y dependientes de la víctima, la cuantía es de 47.931.

La indemnización se reduce si la víctima tenía entre 66 y 80 años, o superaba esta edad. Concretamente, en el primero de los casos la mujer recibiría 86.276 euros, mientras que en el último caso serían 57.517. En cuanto a los hijos, el BOE informa de que los hijos mayores de edad, pero menores de 25 años recibirán en torno a los 19.000 euros, mientras que si son mayores de 25 la indemnización se queda en torno a los 9.000 euros.

A los hijos menores de víctimas sin cónyuge les corresponde 172.552 euros si son únicos, con hermanos, la indemnización es de 47.931 para cada uno. Si son mayores de edad, al hijo único le corresponden 124.621, que se reduce a 28.758 si tiene hermanos.

En cuanto a las cuantías correspondientes a indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos los daños morales), se mueven entre los 600 y los 850 euros por punto perdido dependiendo de la edad de la víctima (de menor de 20 años a mayor de 65).

Las lesiones temporales tendrán una indemnización diaria de 71 euros, si el paciente está hospitalizado, de 58,41 por cada día de baja impeditivo (cuando la víctima no está capacitada para llevar a cabo sus funciones) y de 31,43 euros por baja no impeditiva.