Los contribuyentes ya pueden rendir cuentas con Hacienda.

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La campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2022 arranca este martes, 11 de abril. En concreto, se podrán solicitar los borradores y presentar las declaraciones a través de internet; el plazo finaliza el día 30 de junio. Un año más, la Agencia Tributaria habilitará el servicio para ayudar a los contribuyentes a confeccionar la declaración de la renta por teléfono. Estará operativo desde el 5 de mayo y hasta el 30 de junio. No obstante, a partir del día 3 de mayo ya se podrán solicitar citas previas; se podrá hacer hasta el día 29 de junio.

Los contribuyentes que deseen realizar la declaración de la renta de forma presencial tendrán que esperar al día 1 de junio y podrán hacerlo hasta el 30 de ese mismo mes. Las solicitudes de cita estarán operativas desde el 25 de mayo y hasta el 29 de junio. Los números de teléfono para concertar una cita, ya sea telefónica o presencial, son 91 535 73 26 / 901 12 12 24 ó 91 553 00 71 / 901 22 33 44. Este trámite también se puede llevar a cabo a través de internet, en la web de la Agencia Tributaria.

La Renta 2022 viene cargada de novedades

La declaración de la Renta 2022 vienen cargadas de novedades, tanto a nivel autonómico como nacional, que permitirán incrementar las deducciones de los contribuyentes. Una de ellas, es que aumenta un 10 % el gasto máximo deducible del tramo autonómico, lo que «ayudará a reportar mayor poder adquisitivo a las personas beneficiarias», según han explicado desde la Conselleria d'Hisenda.


Además, «se amplían los límites de ingresos para acogerse a las deducciones autonómicas para que más contribuyentes puedan beneficiarse». En concreto, el umbral máximo por familia (declaración conjunta) pasa a ser de 52.800 euros; en 2021 oscilaba entre 25.000 y 48.000 euros. En el caso de la declaración individual es de 33.000 euros en todas las reducciones; antes estaba entre 12.500 y 30.000. Hisenda espera que «con este aumento hasta un 40 % de los declarantes de IRPF que quedaban excluidos, ahora también podrán beneficiarse, ampliando así la capa de la población que podrá hacer uso de las deducciones autonómicas».

Una de las más destacadas afecta a las hipotecas de tipo variable, ya que el Euribor se ha disparado y las cuotas han subido mucho. Podrán beneficiarse los hipotecados que han sufrido la subida de intereses y no pueden aplicar la deducción estatal; el importe máximo reducible es de 250 euros. Por su parte, los que viven de alquiler se podrán deducir 440 euros por vivienda habitual si son menores de 36 años, tienen alguna discapacidad o pertenecen a una familias numerosa.

También se ha aplicado una deducción a las subvenciones y ayudas concedidas por la CAIB durante 2022 para paliar el impacto de la inflación, de forma que el importe concedido por este concepto no tenga efecto en el tramo autonómico del IRPF. El importe de la deducción es el resultado de aplicar el tipo medio de gravamen autonómico sobre el importe de la subvención o ayuda integrada en la base liquidable autonómica. Cabe precisar que las personas que hayan recibido los 200 euros del Consell de Mallorca sí tendrán que declararlos, ya que esta ayuda sí está sujeta a retención.

Con la finalidad de ayudar a las familias a conciliar, se aplicará una reducción hasta 660 euros del 40 % de gastos de guardería, centros de educación infantil, comedor o actividades extraescolares para hijos menores de 6 años. La educación también desgrava: hay una deducción por compra de libros de texto de hasta 220 euros por hijo y otra de hasta 110 euros por gastos de aprendizaje de idiomas extranjeros. Además, hay otra deducción de hasta 1.760 euros por cursar estudios universitarios o de grado superior fuera de la isla de residencia habitual.

La solidaridad también se compensa y se aplica una reducción por donaciones a entidades del tercer sector del 25 % sobre una base máxima de 165 euros. Además, hay una deducción de hasta 165 euros por personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. Por su parte, hay deducciones de hasta 660 euros por donaciones relativas a mecenazgo deportivo, cultural, científico...; del 25 % por donaciones a determinadas entidades destinadas a I+D+i; del 25 % por donaciones en mecenazgo cultural, científico y tecnológico para los casos de proyectos o actividades culturales organizadas por la CAIB y sus entes públicos; y del 15 % por donaciones a entidades de fomento de la lengua catalana.
Cabe destacar que llega hasta los 6.600 euros por inversión en adquisición de empresas de nueva creación y hasta los 13.200 euros por inversión en sociedades con participación de centros de investigación o universidades.

Novedades a nivel estatal

En el tramo estatal del IRP también hay novedades importantes, aunque no todas son positivas. Una de las negativas es que se reduce de 2.000 a 1.500 euros la cantidad que el contribuyente puede deducir de planes de pensiones privados. Por el contrario, se ha ampliado hasta los 8.500 euros (500 euros más) la reducción que se aplica a las personas tenga un plan de pensiones de empresa.

Otra novedad importante es que se podrá aplicar la deducción por maternidad a las madres de niños menores de tres años sin empleo y que reciben prestaciones contributivas o asistenciales. Hasta ahora sólo podían beneficiarse las mujeres que realizaban una actividad por cuenta propia o ajena.