El alcalde de Lloseta, Bernat Coll, durante las sesiones del juicio contra él y otros tres concejales por prevaricación. | Michel's

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El alcalde socialista de Lloseta, Bernat Coll, y tres concejales del consistorio han sido condenados a 28 años de inhabilitación cada uno como autores de cuatro delitos de prevaricación.

Los condenados, de los que uno ya no es concejal y que se dieron de baja del PSOE tras la celebración del juicio en su contra, tendrán que abonar además multas por los dos delitos de prevaricación urbanística que suman 7.300 euros para cada uno de ellos.

Bernat Coll y los concejales Maria Alemany, Joan Coll y Pere Joan Martorell (éste fuera del consistorio durante la presente legislatura) fueron juzgados la última semana de enero y la Fiscalía solicitaba para ellos una pena de 34 meses de cárcel, mientras que su defensa pidió que fueran absueltos.

En la sentencia se considera probado que entre 2004 y 2008 los cuatro ediles adjudicaron la gestión de la programación musical del teatro municipal sin concurso, vendieron unos solares municipales y autorizaron dos licencias urbanísticas pese a la advertencia del secretario municipal de que todas estas actuaciones eran ilegales.

En su fallo, contra el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, la jueza Margarita Beltrán absuelve a los acusados de un quinto delito de prevaricación porque entiende que es la continuidad de una licencia urbanística concedida previamente de manera «arbitraria» por la que sí condena a los procesados.

La jueza resalta que en la vista oral, de forma inusual, «todos y cada uno de los acusados reconocieron haber votado a favor de las contrataciones y licencias de autos, conociendo las advertencias de ilegalidad formuladas por el secretario de la corporación y las derivadas del arquitecto municipal».

En cuanto a las motivaciones que expusieron, se resumen en que «lo hicieron por el bien del pueblo, entendiendo que las irregularidades en que incidieron tenían escasa trascendencia y podían en su caso ser subsanadas en el futuro, y sin comprender que esa actuación conjunta les hubiera conducido» a ser procesados en una causa penal, subraya Beltrán.

Admitidos los hechos, la resolución se centra en determinar si los acusados cometieron delitos de prevaricación administrativa, como sostuvieron en el juicio la Fiscalía y la acusación popular, en representación del PP, o si sus actos fueron meros ilícitos administrativos, como planteó la defensa.

La jueza apunta que la prevaricación, administrativa y urbanística, es el delito que comete una autoridad pública al adoptar una resolución arbitraria y contraria a la ley a sabiendas de su ilegalidad, al margen de que trate o no de beneficiarse él mismo o a otra persona o colectivo.

«Quienes desempeñan las labores de gobierno de un ente público no pueden conducirse en su actuación y resolver sin más norma que su particular criterio, pasando por alto las exigencias que toda actuación pública ha de guardar en aras a la obligada transparencia y legalidad de su actuación», subraya la sentencia.

Respecto a las irregularidades urbanísticas, incide en que «la administración no puede libremente decidir si concede o no la licencia, sino que está obligada a darla si cumple con la normativa, pero también está obligada a no darla si no la cumple», como era el caso.

A la hora de determinar las condenas, la jueza atiende la petición de las acusaciones en las dos delitos de prevaricación administrativa y los castiga con 7 años de inhabilitación cada uno para cada acusado.

Opta por descartar la prisión e imponer 7 años de inhabilitación y 3.650 euros de multa a cada uno de los acusados por cada uno de los dos delitos de prevaricación urbanística.

Al día siguiente de la conclusión del juicio, al anunciar que los cuatro encausados se habían dado de baja como militantes socialistas, el dirigente del PSIB Cosme Bonet definió a Coll, que continúa hasta hoy al frente del Ayuntamiento de Lloseta, como una «persona íntegra, responsable y honesta».