El ex presidente de Baleares, José Ramón Bauzá. | EFE

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El juez de instrucción 7 de Palma, Antoni Garcías, ha archivado el caso Farmacias, en el que investigaba una querella contra el expresidente del Govern José Ramón Bauzá, el exconseller de Salud Martí Sansaloni, el exdirector general de Farmacia César Vicente y la exsecretaria general Lucía Matías.

Garcías ha dictado este viernes un auto en el que decreta el sobreseimiento provisional de la causa, referida a la presunta prevaricación cometida por Bauzá y la cúpula de la Conselleria de Salud por no convocar un concurso para la adjudicación de nuevas farmacias.

El juez ya había rechazado inicialmente tramitar la querella impulsada por un farmacéutico de Menorca que se consideraba perjudicado por una presunta actuación irregular del ejecutivo autonómico del PP, pero la Audiencia Provincial determinó que debía investigar la denuncia.

Después de tomar declaración a César Vicente y Lucía Matías como imputados y a nueve testigos en los últimos meses, y de recabar diferente documentación, Garcías ha concluido que no se aprecian indicios delictivos y ha archivado el procedimiento, una decisión contra la que cabe recurso de reforma ante el propio juez y de apelación ante la Audiencia.

El juez archiva la causa a petición de las defensas de Vicente y Matías y con el respaldo de la Fiscalía, que también había solicitado el sobreseimiento.

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Garcías recuerda en su auto que la querella se basaba en el supuesto incumplimiento por parte del Govern de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJIB) de enero de 2014 que establecía la obligación de sacar a concurso nueve oficinas de farmacia.

El juez argumenta que la sentencia presuntamente incumplida no es firme, puesto que está recurrida ante el Tribunal Supremo, y que, aunque establecía que el Govern debía convocar el concurso para nueve farmacias en un plazo de seis meses, la falta de firmeza no obligaba al ejecutivo a seguir ese dictado.

Considera que no hubo un comportamiento doloso en la actuación de la administración autonómica y entiende además que cuando a finales de 2014 el Govern aprobó un decreto de ordenación farmacéutica que modificaba las condiciones generales, el cumplimiento del fallo judicial devino imposible.

Por todo ello, y dado asimismo que los tribunales ordinarios no pueden fiscalizar la potestad legislativa autonómico, Garcías entiende que no existe el delito de prevaricación del que acusa el querellante.

Respecto a la acusación por infidelidad en la custodia de documentos y falsedad contra la ex secretaria general de la Conselleria de Salud, el instructor concluye que ninguna de las actuaciones practicadas demuestra que Lucía Matías fuera responsable de los hechos que le atribuye la denuncia.