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La Audiencia Provincial ha revocado la sentencia dictada por el magistrado Carlos Javier García Díez en la que se anuló la moción de censura presentada, en septiembre de 2009, por los patronos de la Fundació Rubió, de modo que el fallo devuelve la presidencia de la entidad al jurista Josep Maria Quintana.

Los magistrados de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial desestiman por lo tanto el recurso de apelación interpuesto por Mercè Rubió, quien pretendía que las costas del proceso recayeran sobre los ocho patronos que promovieron la moción de censura que la apartó de la presidencia, así como ser indemnizada por daño moral derivado de la mala fe y ejercicio antisocial del derecho, tal y como se recoge en los fundamentos de la sentencia judicial.

Rubió, quien ha estado al frente de la entidad desde que, el pasado enero, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Maó anulara el acuerdo del Patronato (el de la moción de censura), declinó ayer valorar el fallo de la Audiencia Provincial a la espera de conocer los detalles del mismo. Del mismo modo sus abogados afirmaron que no se pronunciarán sobre si el caso llegará o no al Tribunal Supremo hasta que no se corrijan los errores materiales existentes en la sentencia que la Audiencia Provincial emitió el pasado día 13. Los errores, cuya subsanación ya han solicitado los letrados de Rubió, se refieren a que en los Antecedentes de Hecho de la sentencia se hace referencia a un caso que no se corresponde con el de la Fundació Rubió.

Al mismo tiempo que se desestima el recurso de Mercè Rubió, los magistrados Miguel Ángel Aguiló, Juana María Gelabert y Jaume Massanet absuelven a la Fundació Rubió y a los ocho patronos demandados que votaron a favor de la moción de censura y que apelaron la sentencia dictada en Maó. Dichos miembros del Patronato son Josep Maria Quintana –que vuelve a la presidencia–, Manuel Elices, Hipólito Mercadal, Bernardo Vidal Campomar, Miquel Àngel Limón, Emili de Balanzó, José Antonio Matjí y Josep Miquel Vidal.

La Audiencia Provincial impone además a la parte actora, es decir a Mercè Rubió, las costas derivadas del recurso de apelación interpuesto por la Fundación codemandada.

Según un comunicado emitido por la Fundació Rubió, la sentencia de la Audiencia Provincial restablece la legalidad del artículo de los estatutos que contempla la moción de censura y, por lo tanto, valida el acuerdo de septiembre de 2009 por el cual fue elegido presidente por nueve votos contra dos, "presidencia que, de derecho, nunca ha dejado de ostentar", aseguran los patronos, quienes añaden que "nos gustaría que, de una vez por todas, la señora Rubió aceptase el principio democrático establecido en los estatutos".