Ciutadella. El sospechoso, dirigiéndose a los Juzgados para declarar, poco después de las once de la mañana de ayer. - Paco Sturla

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La titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ciutadella, Raquel Martínez, ha decretado prisión sin fianza para A.S.T. La juez imputa al anciano de 71 años un delito de homicidio por la muerte de Maria Auxiliadora Florit, quien falleció tras ser encontrada con una tijera clavada en la sien la madrugada del 16 de agosto y determina que prosiga la causa por los trámites de la Ley del Jurado. La decisión de la juez coincide con la petición del Ministerio Fiscal y supuso la negativa a las pretensiones de la Defensa que solicitó la libertad del acusado.

Según fuentes judiciales, la decisión adoptada por la Juez tras tomar declaración a A.S.T. a lo largo de esta mañana se sustentaría en el resultado positivo de las pruebas de ADN a las que fue sometida la tijera con la que fue agredida la residente fallecida así como en el informe forense que determinó que, con independencia de su estado mental, el presunto homicida podía discernir sobre lo que estaba haciendo.

En este sentido, la juez ha adoptado su resolución respecto de A.S.T. en idénticos términos en los que lo habría hecho respecto de cualquier otra persona, sin tener en cuenta su enfermedad- es esquizofrénico- ni tampoco su incapacitación. "Una incapacidad legal no es incompatible con la comisión de un hecho ilícito y, por ello, en un caso como éste al imputado se le trata como a una persona sin ningún condicionante mental", destacan fuentes jurídicas.

No obstante, la resolución dictada por la juez no implica que más adelante, en el momento de celebrarse el juicio, cambie la calificación jurídica de los hechos- podrían ser de asesinato si se considera que han mediado circunstancias como la alevosía- o se aplique alguna atenuante lo que modificaría la pena que le sería impuesta eventualmente al presunto autor de la muerte Maria Auxiliadora.

En cualquier caso, la edad de A.S.T. no sería obstáculo para el cumplimiento de dicha pena ya que ningún texto legal marca un máximo, siendo una cuestión de régimen penitenciario que un condenado entre o no a la cárcel, según remarcan fuentes judiciales. Tampoco es obstáculo para el cumplimiento de medidas cautelares- como lo es la prisión sin fianza acordada por la juez en este caso- y, en este sentido, estaba previsto que A.S.T. fuera ingresado en el Centro Penitenciario de Menorca.

En cuanto a la responsabilidad civil derivada de los daños, todavía es pronto, a juicio de las fuentes judiciales consultadas, para determinar a quien correspondería. Cabe recordar que esta responsabilidad- que suele derivar en una indemnización- puede ser directa o subsidiaria, de manera que si, por razón de la incapacidad del acusado éste la eludiese, habría que determinar si es asumida por la entidad que lo tutela, la Fundación Aldaba, o por la Administración pública.

Trámites

En todo caso, de dirimir sobre la culpabilidad o la inocencia de A.S.T. se encargará un jurado popular, habida cuenta que las diligencias se tramitan según la normativa que regula esta institución, competente en determinados delitos contra las personas (entre ellos el homicidio), el honor y la libertad y la seguridad, los cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos y los delitos de incendio.

La fecha en la que se celebrará el juicio es "imprevisible, entre un año o dos", apuntan fuentes judiciales, y en él nueve ciudadanos y un magistrado, que actúa como presidente del Tribunal del Jurado, analizarán el caso. En este tipo de juicio, el magistrado actúa como moderador, dirige el acto pero no tiene capacidad de decisión, es el jurado el que emite el veredicto , que es vinculante salvo que presente incongruencias graves, y, de acuerdo al mismo, el juez dicta sentencia.