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Los impagos de recibos de agua obligan a los ayuntamientos a ejecutar el corte del suministro a los particulares que no pagan. Se trata de un fenómeno que no es nuevo, pese a que con la crisis parece que se ha agravado. Según fuentes consultadas, los impagos se detectan por la existencia de embargos o por los casos de familias que por su situación económica no pueden hacer frente a los pagos de un servicio tan básico como es el suministro de agua potable. En esta última circunstancia, algunos casos son derivados a los Servicios Sociales municipales para intentar encontrar una solución. En otras ocasiones, el impago puede venir motivado por el impasse en el proceso de compra-venta de una vivienda. En el caso de Ciutadella, por ejemplo, la ordenanza municipal estipula que el corte del abastecimiento a un particular puede ejecutarse tras dos recibos consecutivos sin haberse satisfecho. En este municipio, es la oficina de recaudación, que gestiona la empresa Registril, la que se encarga de tramitar la documentación para el corte del agua en una vivienda. No obstante, el corte debe estar avalado por Decreto de Alcaldía al tratarse de un suministro de la infraestructura pública. Los casos también se han detectado en viviendas en que el suministro depende de una concesionaria, que se ve obligada a cortar también el servicio.

Antes de producirse un corte del suministro, los afectados reciben la comunicación correspondiente de su ayuntamiento, que les da un periodo de plazo para que abonen la deuda. En caso contrario, el corte se hace efectivo hasta que los recibos atrasados se abonen.