Marta Vidal, durante la presentación del borrador de la normativa ante los representes de patronales, de órganos colegiados relacionados con el sector de la construcción, de técnicos de los ayuntamientos y otros colectivos como el GOB. | Javier Coll

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La consellera de Ordenación del Territorio, Marta Vidal, ha señalado este lunes que la posibilidad de abrir hoteles rurales y agroturismos en cualquier tipo de suelo que contempla la norma territorial transitoria emana de la Ley General Turística aprobada en julio de 2012 por el Govern. «No nos escandalicemos, porque el Consell de Menorca sólo ha adaptado su norma territorial a la Ley Turística», ha manifestado.

Vidal ha hecho estas declaraciones durante la presentación del borrador de la normativa menorquina ante los representes de patronales como CAEB y PIME, de órganos colegiados relacionados con el sector de la construcción, de técnicos de los ayuntamientos de la Isla y otros colectivos como el GOB.

Cabe recordar que la norma territorial transitoria del Consell de Menorca, que desplaza al Plan Territorial Insular (PTI) de 2003, permite ampliar el volumen de las edificaciones existentes en suelo rústico hasta un 30 por ciento para impulsar su reconversión en negocios turísticos como hoteles rurales o agroturismos, así como ampliar hasta un 20 por ciento los edificios existentes en la finca que tuvieran un uso distinto al de vivienda. De ese modo da rango normativo a la puerta abierta por la Ley General Turística.

En cualquier caso, la apertura de hoteles rurales, como marca la nueva legislación autonómica, solo puede darse en aquellas edificaciones anteriores al 1 de enero de 1940, mientras que la de agroturismos en las construcciones previas a 1960 y con una delimitación de 200 plazas.

Respecto al crecimiento de las zonas turísticas, el Consell prevé una área perimetral de expansión de 100 metros (el mínimo que marcan las Directrices de Ordenación Territorial (DOT) y que el PTI no incluía.

En estas llamadas áreas de transición, incluidas en suelo rústico, la norma territorial da la posibilidad a los ayuntamientos de escoger libremente si reconvierten estas llamadas áreas de transición, catalogadas como suelo rústico, en suelo urbanizable.

«Nosotros prevemos esta área de transición, pero su desarrollo dependerá de cada municipio», ha indicado Vidal.

La consellera se ha referido también a posibilidad abierta por la norma territorial de construir en rústico edificaciones vinculadas a la actividad agrícola y ganadera de ocio, como pequeños establos o casas de aperos, entre otras.

Escuchar a los municipios

«En este punto queremos oír la opinión de los colectivos», ha apuntado la responsable insular, quien ha remarcado que el Consell esperará a escuchar el parecer de los municipios antes de establecer las condiciones concretas de superficie de las parcelas, así como del volumen de las construcciones.

Ante la amenaza de que estas construcciones puedan acabar derivando en nuevos asentamientos con un uso residencia irregular, Vidal ha remarcado que la intención del Consell «no es para nada dar pie al 'chabolismo'». En esta línea, la consellera ha señalado la necesidad de reforzar el papel de control del Consorcio de Disciplina Urbanística en Suelo Rústico.

«Si nosotros permitimos cosas que consideramos razonables no podemos dejar de hacerlas pensando que no tendremos la capacidad de aplicar la disciplina en caso de que alguien nos tome el pelo», ha remarcado.