E.M.P recrea la situación que le supuso la sanción | David Arquimbau

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La mujer de Ciutadella que se enfrenta a una multa de 1.000 euros por echar medio cubo de agua con lejía en la vía pública y hacer lo mismo en el patio de su casa ha decidido presentar alegaciones. Considera, en primer lugar, que la multa «es desproporcionada» y que la infracción que se le atribuye no se ajusta al incumplimiento de la ordenanza municipal sobre normas de comportamiento en los espacios públicos.

Alega que su actuación no responde a un vertido en la calzada sino que «se trata de labores de limpieza» puesto que limpiaba los orines de perros. En segundo lugar, argumenta que la ordenanza regula «los espacios públicos» y, por tanto, no afecta a la segunda infracción, en la que limpiaba el patio de su casa y el agua salió a la calzada a través de la tubería de pluviales que allí desemboca. Defiende también, que la multa impuesta traiciona el espíritu de la norma, encargada de regular comportamientos incívicos, sucios o vandálicos. Puntualiza, además, «que los policías no impusieron las sanciones estando presentes en el momento de la supuesta infracción». Por último, responde a la concejala Marta Marquès, quien afirmó en este diario que «no se modificaría la ordenanza por un hecho puntual» y que a partir de ahora «se advertirá la primera vez». Un hecho que considera «discriminatorio» porque asegura que ella «jamás fue advertida».


UPCM replica

Desde la oposición de Ciutadella, UPCM también responde a las declaraciones de Marquès. Considera que «un hecho puntual evidencia que la ordenanza está mal hecha, que contempla sanciones desproporcionadas y desorbitadas» y aboga por adecuarla. Quiere también que estas infracciones se consideren «leves» y no «muy graves» y no se aplique arbitrariamente, ya que a la afectada no se la advirtió con anterioridad.