Mañana será una vivienda. La Norma Territorial sigue vigente y ampara la transformación de edificios y almacenes agrícolas a uso residencial. | Javier Coll

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La controversia causada por la fórmula jurídica para derogar la Norma Territorial Transitoria -derogación total manteniendo algunos artículos, se explicó al principio y simple derogación parcial después- sigue vigente a la vista de los resultados. El Consell anunció el jueves la exposición pública de dos expedientes que ha tramitado para el cambio de uso de edificio agrícola, en un caso, y de almacén agrícola, en otro, a vivienda unifamiliar. El primero, en el término de Sant Lluís, y el segundo, en el de Es Mercadal.

No son los únicos que se acogen al artículo 30 de la NTT, el que regula el cambio de uso en las edificaciones y construcciones existentes en suelo rústico común. Un aparejador consultado permite constatar que esta opción sigue siendo muy utilizada para dar respuesta al interés de inversores en residencias en fincas agrícolas. Es posible hacerlo porque todavía no se ha realizado la aprobación definitiva de la derogación parcial. Cuando se aprobó inicialmente en marzo ya se anunció que probablemente esa aprobación definitiva no llegaría hasta final de año.

La consellera de Ordenación Territorial dijo entonces que esa aorobación inicial no supone una suspensión de licencias solicitadas al amparo de la NTT, puesto que esta seguiría vigente hasta la derogació definitiva. Cuando esta se produzca, solo se aplicarán los nueve artículos artículos rescatados -tres íntegros y seis de forma parcial- de la Norma Territorial que el PP aprobó a finales de 2014.

Sin embargo, lo que parecía una urgencia del actual equipo de gobierno por el control de la presión sobre las fincas agrarias apenas ha variado, aunque el Govern a través del decreto de enero de 2016 sí que ha endurecido las condiciones para la tramitación de proyectos como los agroturismos.

Una en dos años

La propia consellera de Ordenación Territorial y ahora presidenta, Susana Mora, minusvaloró esta opción de transformación de uso de las viviendas rústicas, «se habla mucho del cambio de uso de las boyeras y en dos años se han solicitado nueve y autorizado uno», dijo en el pleno del Consell de marzo. La autorización depende del cumplimiento de los requisitos que la propia Norma establece, como la antigüedad -ser anterior a 1956-, pero el camino para quien cumple los requisitos sigue hoy tan expedito como antes.