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El Tribunal Supremo emitió ayer la sentencia que eleva a quince años de prisión la condena a los cinco integrantes de ‘la manada’ por un delito continuado de violación con trato vejatorio, en un veredicto anticipado el pasado 21 de junio. Con un criterio jurídico distinto al de la Audiencia Provincial de Navarra y del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que no apreciaron ni violencia ni intimidación y los condenó a nueve años por abuso sexual , los magistrados del Supremo concluyen que «el silencio de la víctima sólo se puede interpretar como un no». Al elevar sustancialmente la condena, el Tribunal Supremo transmite un severo y contundente mensaje contra los delitos sexuales, cuyos destinatarios son la sociedad y los tribunales a quienes corresponde juzgar estos graves comportamientos.

La Fiscalía General del Estado indica que «se trata de una sentencia de suma trascendencia porque garantiza la seguridad jurídica que estaba reclamando la sociedad en la interpretación de los delitos contra la libertad sexual». Una condena que debe servir como disuasión para evitar delitos similares y para que las mujeres víctimas de estos ataques pierdan el temor a denunciar las agresiones sufridas.