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La sentencia del ‘procés’, concretamente su consistencia jurídica, será analizada con lupa, aquí y en Europa. Ajenos a la intensa presión social y mediática, los magistrados del Tribunal Supremo han dictado condenas de entre 9 y 13 años por los delitos de sedición y malversación de fondos públicos. Son penas duras por unos hechos de carácter político, cuando los encausados no obraron en beneficio propio, sino según lo que consideraban que era el ‘mandato democrático’ del pueblo catalán.

Tras la proclamación de la ‘República Catalana’ y la aprobación de las leyes de ‘desconexión’ que fueron anuladas por el Tribunal Constitucional, no se actuó en consecuencia. La independencia era un «señuelo», una «quimera» insuficiente para la rebelión. Una inmensa farsa que, al traspasar la desobediencia para incurrir en la sedición, ha acabado con un castigo ejemplar. Dura lex, sed lex.

Lo relevante es el encaje de Catalunya en la España del siglo XXI y la convivencia en la sociedad catalana, rota por las tensiones y los sentimientos políticos. No corresponde a los jueces hacer el trabajo de los políticos ni resolver sus desatinos. La cárcel no es la solución, porque persiste el problema.