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Hay cierta confusión entre lo que significa el indulto y lo que significa la amnistía. No es igual ser indultado que ser amnistiado. El indulto supone el perdón total o parcial de la pena, mientras que la amnistía, supone el perdón del delito. En general, para otorgar el derecho de gracia del indulto, basta con un acto administrativo, pero para la amnistía, es necesaria una ley. En España el indulto es una medida de gracia de carácter excepcional que otorga el Rey a propuesta del ministro de Justicia previa deliberación del Consejo de Ministros. El problema surge cuando esa excepcionalidad se convierte, por culpa de los últimos gobiernos de socialistas y del PP, en un hecho cotidiano. Han abusado tanto y con tan pobres criterios del indulto que lo han desvirtuado por completo. Ahora es ya más bien una continuidad más del fallo de un juez para el delincuente encontrado culpable y con sentencia firme. Incluso se llega a tener al delincuente suelto, casos de Jaume Matas y de otros, a espera de que se les conceda o no la 'bicoca' del indulto. Esa espera en libertad es una gracia añadida a la gracia del indulto.

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El gobierno zapatero entre los muchos indultos, indultó a Alfredo Sáenz Abad, segundo de a bordo del Banco de Santander. Antes en 1998, José María Aznar, entre otros, indultó a José Barrionuevo y Rafael Vera, políticos socialistas condenado por el caso GAL. Y más atrás, en tiempos presidenciales de Felipe González, se indultó al general Armada, condenado por el intento golpista del 23-F. Rajoy en los dos años que lleva de presidente del Gobierno tampoco ha dejado por eso de ser especialmente contradictorio con la gracia de indulto, pues entre otros indultó por dos veces a policías condenados por agresiones y torturas, lo que le valió una queja por escrito de 200 jueces, manifestándose dolidos por tales indultos. También concedió el indulto a un conductor que conducía en sentido contrario por una autopista y que acabó con la vida de un pobre inocente.

El indulto debería ser, y creo que en ese sentido fue creado, la gracia reparadora de su pena para el reo que le asistan especialísimas circunstancias, y que además fueran éstas hechas públicas. Pero en cualquier caso concedido en escasas ocasiones, bajo ningún concepto como ahora, que lo primero que piensa el condenado y sus abogados, nada más ser conocedores del fallo judicial. es en pedir el indulto. Por cierto, a las personas que han ocupado cargos públicos, sean estos políticos, policiales o de otra naturaleza, por ser puestos donde es exigible el buen ejemplo la gracia del indulto solo debería ser aplicada en circunstancias muy especiales. Por consiguiente, mucho más estrictas las medidas que para otros condenados, y no como ahora que el indulto en demasiados casos no es más que la suprema afirmación de lo diferente que es la aplicación de la justicia, según sea para unos que para otros.