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Asumo, de entrada, que el PTI solo es popular entre los partidos políticos, instituciones y profesionales relacionados con la construcción. En total son un buen puñado, pero infinitamente menos a los inversores o grandes y pequeños propietarios que solo lo descubren cuando el renombrado PTI les rompe sus planes o el futuro.

He leído alegaciones y he escuchado opiniones de todo pelaje. Las profesionales cuestionan la carencia de consenso y concreción, lo que dejará decisiones sobre licencias a interpretación del funcionario de turno, es decir al albedrío. Fallaría así en su esencia, porque el PTI es un reglamento dirigido a concretar sobre el territorio la aplicación de las leyes.

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El documento de alegaciones presentado por el Ayuntamiento de Ciutadella, del que más me fío por su orientación técnica y por proceder de un gobierno municipal nada sospechoso de oposición, le da un severo repaso. Comienza con esa precisión, tiene rango reglamentario y luego expone contradicciones, confusiones entre diversos artículos y, sobre todo, aspectos de flagrante ilegalidad por regular asuntos en sentido contrario al de la propia ley o carecer de competencia, como los restaurantes en el medio rural.

Algún conseller que siempre va más lejos que su propio conocimiento se atrevió dar al PTI el rango de constitución para Menorca. De momento, a juzgar por las aportaciones que pretenden enmendarlo, es una pequeña chapuza sobre la que se han descargado polémicas sectoriales como el alquiler turístico que el equipo de gobierno no ha sabido afrontar ni resolver. Utilizar el PTI para esconder problemas es también un camino, aunque torcido, de resolución.

Sus grandes defensores, los de hoy y los de ayer, destacan el elevado nivel de protección del suelo que proporciona. No sé si ese es o será el gran problema de un territorio en el que, entre otros efectos de evolución, su población tiene de lejos el más alto nivel de envejecimiento de las Islas.