Aspecto de la Audiencia Provincial de A Coruña en la lectura de la sentencia del Prestige - Efe

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La Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto tanto al capitán del «Prestige» Apostolos Mangouras; al jefe de máquinas del buque, Nikolaos Argyropoulos, y al exdirector general de la Marina Mercante José Luis López Sors por los delitos contra el medio ambiente de los que eran acusados, mientras que únicamente el primero ha sido condenado a 9 meses de prisión por un delito de «desobediencia grave».

En su fallo, hecho público ayer en el undécimo aniversario del siniestro marítimo -ocurrido el 13 de noviembre de 2002 frente a las costas gallegas-, el tribunal que durante nueve meses juzgó la catástrofe ha absuelto de todos los delitos por los que eran procesados al jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos y a López Sors. Respecto a la condena menor a Mangouras, que tiene 78 años de edad, este capitán ya estuvo en prisión provisional entre noviembre de 2002 y el 16 de febrero de 2003.

En el caso de López Sors descarta la existencia de un «reproche penal» por la decisión de alejar el buque, «discutible, pero parcialmente eficaz», apunta. Mientras, rechaza que el capitán o el jefe de máquinas «ocultasen» defectos estructurales del buque.

El cuarto acusado, el primer oficial, Ireneo Maloto, queda excluido de esta sentencia porque no llegó a ser juzgado, al encontrarse en paradero desconocido.

El presidente de la Sala que enjuició los hechos, Juan Luis Pía, ha sido el encargado de leer la sentencia, en lengua gallega, sobre un siniestro que provocó una de las mayores catástrofes medioambientales registradas en España, tras el vertido de unas 63.000 toneladas de fuel que generó una marea negra en el norte de España y parte de Francia.

Ante una sala del TSXG abarratoda de público y con gran expectación de medios de comunicación -había 35 acreditados-, el magistrado ha justificado la absolución del capitán y el jefe de máquinas por los delitos medioambientales al considerar «poco verosímil» que conociesen los defectos estructurales del buque o que «cooperasen» para ocultarlos.

Así, sobre las causas del siniestro, afirma que los informes periciales aportados en el juicio son «imprecisos y contradictorios» e incluso llega a tildar a algunos de «sorprendentes» como la tesis de que una ola gigante provocó la avería del buque, «que nadie vio y nadie registró», ha matizado.

Sobre el accidente, la Sala sostiene que los peritos no determinaron «con exactitud» la causa de la avería, aunque sí apunta a un «fallo estructural» y «un mal mantenimiento» del buque como posibles desencadenantes del siniestro.

Sin embargo, precisa que estas deficiencias fueron «inadvertidas u ocultas» para los que navegaban en el mismo. En base a ello, rechaza «imprudencia» o «conducta dolosa» por parte del capitán o el jefe de máquinas, pese a que sí admite «ciertas decisiones negligentes como «navegar en automático y aceptar una tripulación escasamente formada», ha puesto como ejemplos.

Sin obviar el «ánimo de lucro» de los operadores de este tipo de buques, ha insistido en que el buque tenía los certificados de navegabilidad exigidos.