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El Govern permitirá que las justificaciones de los pagos para recibir ayudas inferiores a 6.000 euros se hagan mediante una declaración responsables -hasta hora el límite era de 3.000 euros- y extenderá este año la supresión del pago anticipado del impuesto sobre estancias turísticas.

El Consell de Govern ha aprobado este lunes el Decreto Ley 1/2021 por el que se aprueban medidas excepcionales y urgentes en el ámbito del impuesto sobre estancias turísticas en Baleares para el ejercicio fiscal de 2021 y del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, con el objetivo de paliar los efectos económicos que ha causado la pandemia de la COVID-19.

Este decreto incorpora nuevas medidas para agilizar el pago de ayudas a los sectores afectados por las medidas sanitarias derivadas de la pandemia, en el sentido de que no sea necesaria la justificación de gastos inferiores a 6.000 euros, y no solo las inferiores a 3.000 euros como se había establecido el pasado mes de mayo, y a los cuales se admite una declaración formal de la persona física o de la entidad beneficiaria, sin perjuicio de las actuaciones posteriores de comprobación y control.

Según ha explicado en rueda de prensa, la consellera de Hacienda, Rosario Sánchez, el Ejecutivo autonómico aumenta así el umbral de la cuantía que permite que la justificación de los gastos se haga por medio de una declaración responsable y amplía el alcance de la medida introducida el pasado mes de mayo en el Decreto Ley 8/2020, de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa para paliar los efectos de la crisis de la COVID-19, y recogida en la Ley 2/2020, resultante de la tramitación como ley del decreto ley mencionado.

En esta línea, el decreto prevé medidas fiscales como la reducción del 95 por ciento en el impuesto sobre actos jurídicos documentados para facilitar a empresas y autónomos la devolución de préstamos ISBA e ICO.

Así, el Govern aplicará una reducción del impuesto sobre actos jurídicos documentados para facilitar a empresas y autónomos las operaciones para alargar los plazos de devolución u otras modificaciones de préstamos concedidos a través de los programas públicos de avales para facilitar financiación como las líneas ISBA, avaladas por el Govern, o las líneas ICO (del Instituto de Crédito Oficial), avaladas por el Estado.

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Esta reducción fiscal en las Baleares se añade a las exenciones que, a través de varios reales decretos leyes estatales con motivo de la COVID-19, se han establecido para moratorias en el pago de préstamos hipotecarios por compra de vivienda habitual e inmuebles para actividades económicas, para otros relativos a préstamos sin garantía hipotecaria y para las moratorias subscritas dentro de los acuerdos marco sectoriales en toda clase de préstamos, créditos y arrendamientos financieros, de acuerdo con la normativa estatal.

Supresión del ingreso por anticipado ITS

Por otro lado, en relación con el impuesto sobre estancias turísticas, el Govern extiende para el ejercicio 2021 la supresión del ingreso por anticipado que anualmente se tenía que hacer en el mes de septiembre en base a las previsiones de ingresos para todo el año en el régimen de estimación objetiva -como ya se hizo para el 2020-, sin perjuicio de la obligación de la presentación y el ingreso de la autoliquidación, en el 2022, de la cuota que se merite a lo largo de todo el ejercicio de 2021.

Asimismo, para los empresarios que así lo decidan, se facilita el cambio del régimen de estimación de la base imponible con una ampliación (hasta el 31 de marzo) del plazo para pasar del régimen de estimación objetiva al de estimación directa, y también a la inversa.

En este sentido, Sánchez ha recordado que en el régimen de estimación directa se liquida el impuesto en base a los ingresos recibidos de los contribuyentes y no en base a un cálculo estimativo en función de los datos de años anteriores. El cambio que se pueda hacer, además, ya no implicará permanecer dos ejercicios en el mismo régimen de estimación.

Estas medidas urgentes y excepcionales permiten, para los empresarios que opten por la estimación directa, que los establecimientos turísticos solo tengan que liquidar el impuesto de los turistas y visitantes que reciban durante el año, y, para los que opten por la estimación objetiva, que se puedan beneficiar de la reducción de los módulos que, como ya se anunció, se prevé aprobar para el 2020, y también para el 2021 (a principios del 2022), y responden en ambos casos al objetivo de adaptar la aplicación del impuesto a las circunstancias excepcionales derivadas de la pandemia y que continúan afectando a la actividad económica y, en particular, a la actividad turística.

El Decreto Ley aprobado este lunes entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y tendrá que ser