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El tribunal de la Audiencia Provincial de Palma rebaja la condena solicitada inicialmente por el Ministerio Fiscal de ocho años de cárcel a un año y medio a José Luis Cortés Cortés, acusado por posesión de material pornográfico.

La rebaja ha sido alcanzada en conformidad con la defensa y el propio fiscal.

El juicio, celebrado ayer en los juzgados de Fort de l'Eau ante el tribunal de la Audiencia Provincial desplazada a Menorca y presidida por el magistrado Juan Jiménez Vidal, modificó a su vez la calificación de la falta imputándole, por lo tanto, un delito de exhibición y facilitación por cualquier medio de material pornográfico en el que aparecen menores de edad, del artículo 189 1b del Código Penal.

Los hechos que se atribuían al acusado en un principio eran constitutivos de un delito contra la libertad e indemnidad sexuales.

Los hechos enjuiciados se remontan a mayo de 2010 cuando el acusado, José Luis Cortés, de 35 años, de nacionalidad española y sin antecedentes penales, guardaba en su ordenador portátil imágenes con diversos menores de trece años que practicaban escenas de contenido sexual explícito con adultos, permitiendo que otras personas procedieran a la descarga de dichas imágenes por medio de nodos interconectados de modo que al iniciar la descarga de un archivo, instantáneamente se convertía en servidor. Cortés fue privado de libertad el 29 de noviembre de 2010 por esta causa y puesto en libertad por auto el 30 del mismo mes.

Según puntualiza Carlos Salgado, abogado del acusado, los archivos a los que se hace referencia fueron descargados a través del programa para el intercambio de archivos conocido como "emule".