PDF. Primera sentencia condenatoria por grabar películas en un cine.

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El juzgado de Primera Instancia número 2 de Maó (Menorca) ha dictado la primera sentencia condenatoria en España, como falta contra la propiedad intelectual, por la grabación de las imágenes en una sala de cine durante la emisión de la película.

Según esta sentencia, el denunciado, un joven residente en Sant Lluís, calificado como "cammer", fue sorprendido el 5 de octubre de 2013 por el personal de las salas de cine Ocimax de Maó, cuando estaba grabando con su teléfono móvil las imágenes de una de las películas.

El informe de la Policía Judicial ha indicado que el material empleado en la grabación le fue intervenido a la salida de la sala.

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Elmagistrado juezque ha dictado la sentencia ha decretado que los antecedentes personales del imputado,que había sidodetenido en dos ocasiones por hechos similares, y las características técnicas del teléfono móvilrequisado permiten concluir quelas imágenes obtenidas iban a ser comercializadas por internet sin permiso de lospropietarios de las obras audiovisuales y a cambio de un beneficio económico en función de las descargas obtenidas.

Estos hechos han sido considerados como una falta contra la propiedad intelectual porque eldenunciado aún no había obtenido aún beneficio económico con su acción.

La sentenciaimpone la condena deseis días de localización permanente y al pago de las costas procesales. También le ha sido retiradoel móvil empleado y se le ha prohibido el acceso a cualquiersala de cine durante cuatro meses.