El Defensor del Pueblo ha atendido los argumentos planteados por el PP en contra del reglamento lingüístico. | Gemma Andreu

TW
37

El Defensor del Pueblo considera que el reglamento lingüístico del Ayuntamiento de Maó vulnera la igualdad entre los ciudadanos en función de su lengua habitual, al incumplir preceptos tanto de la Constitución Española como ende la Ley de Normalización Lingüística de Balears. Por esto recomienda al Consistorio que modifique este documento con una «revisión profunda» que lleve a garantizar el derecho de opción lingüística de los mahoneses.

De este modo, Francisco Fernández Marugán, que ocupa el cargo en funciones, acepta las tesis planteadas por el PP de Maó en su requerimiento ante este organismo. Desde el Consistorio, la alcaldesa Conxa Juanola asegura que están analizando la resolución del Defensor del Pueblo, que revisarán el reglamento lingüístico en función de lo que este ha dictaminado y que si algún artículo se tiene que modificar en base a la ley, porque hay elementos que lo justifiquen, se hará. Recuerda que el reglamento cuenta con informes jurídicos favorables y que un texto casi idéntico se aprobó en el Consell sin ningún tipo de alegación.

Argumenta la resolución del Defensor del Pueblo que en una buena parte de los artículos del reglamento «se advierte claramente una opción a favor del catalán en detrimento del castellano» y que «en aquellas cuestiones en las que pueden verse afectados los derechos de los ciudadanos que no sean catalanohablantes se utilizan expresiones de una gran ambigüedad o de gran discrecionalidad, contemplándose el uso del castellano 'cuando corresponda', 'si las circunstancias lo permiten'», entre otras.

El conjunto de estos artículos, según la resolución, implica un desequilibrio en el uso de ambas lenguas que «vulnera la cooficialidad que predica la Constitución» y que perjudica los derechos de los castellanohablantes. Indica que la normalización lingüística persigue la igualdad, «lo que no puede es servir de justificación para practicar una política discriminatoria». Cita el Defensor del Pueblo incumplimientos legales en el hecho que todos los expedientes y comunicaciones deban tramitarse en catalán, o en que haya cláusulas lingüísticas en los pliegos de condiciones. «La opción municipal de dar prioridad al uso del catalán, en detrimento del castellano, implica una violación de este artículo (el 9.2 de la Constitución) en lo que se refiere a la igualidad de los ciudadanos castellanohablantes».

El Defensor del Pueblo añade que contra el reglamento no es posible iniciar un recurso de inconstitucionalidad, y que la vía para impugnarlo es la contencioso-administrativa. También critica que las 17 alegaciones del PP no se contestaran por separado, sino con «valoraciones generales sobre política lingüística».