Iga Maria Jaglarz trabaja como autónoma artesana | M.J. Las

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El caso de Iga Maria Jaglarz, autónoma residente en Ciutadella, puede suponer un nuevo ejemplo de las grietas que presenta la concesión de las ayudas directas para empresarios y autónomos al fin de paliar los efectos de la covid-19, como han denunciado otros afectados por causas similares. Haber estado embarazada en 2019 le ha costado el rechazo a su petición.

A la mujer, que trabaja como artesana, le fue denegada la ayuda el pasado 24 de septiembre, según publicó el BOIB,  porque el volumen de operaciones de su negocio en 2020 no cayó más de un 30 por ciento respecto a 2019, condición indispensable para que esta medida extraordinaria del Estado le sea otorgada.

La mujer afectada ha interpuesto un recurso potestativo de resolución ante la Conselleria de Modelo Económico, Turismo y Trabajo que es la que tramita la ayuda del Gobierno en Balears. Su alegación descansa en la «injusta» comparación de los dos años que establece la Conselleria puesto que la facturación de 2019 fue netamente inferior debido a su estado gestante y al tiempo de baja postparto.

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«Es imposible hacer una comparación directa ya que en 2019 fui madre lo que influyó en mi actividad profesional», razona la mujer. En 2020 Iga Maria consta como que trabajó los 365 días, mientras que en el año anterior solo tuvo 156 días de actividad profesional.

La mujer subraya que pese a seguir dada de alta en la Seguridad Social y Hacienda, durante el año de su maternidad estuvo de baja por ella y por riesgo durante el embarazo y la lactancia, «situaciones protegidas por la ley y exclusivas de la mujer», indica. En verano contrató a varios trabajadores para que la sustituyeran gracias a las subvenciones del Govern para la conciliación familiar, «pero no pude hacerlo todo el periodo de baja de maternidad porque los gastos ordinarios eran inalcanzables».

Por todo ello señala que comparar ambos años para denegarle la ayuda como única razón para no recibirla «es una falta de consideración hacia mi situación de maternidad, un acto de discriminación indirecta a las mujeres que viola mis derechos fundamentales, las leyes y la Constitución». Recuerda que en 2019 el permiso de paternidad era de ocho semanas frente a las 16 semanas para las mujeres. «Si no se toma en cuenta este hecho se me deja sin acceder a las ayudas por culpa de mi maternidad, ya que es la única causa por la que no cumplo el requisito de caída de volumen de operaciones al haber estado de baja».

La mujer añade que los empresarios o profesionales que se hayan dado de alta entre el 1 de enero de 2019 y 31 de marzo de 2020 no necesitan acreditar la caída del volumen de operaciones anual del 30 por ciento, según la Orden Conjunta de la Conselleria de Trabajo. «Mi caso es igual ya que debido a mi maternidad no pude realizar la actividad del ejercicio completo, lo que supone una clara discriminación, hacia mi y otros autónomos    que no pudieron trabajar con normalidad en 2019 debido a una enfermedad u otras circunstancias».