Los patinetes no pueden circular por vías en las que la velocidad máxima supere los 30 kilómetros por hora. | Josep Bagur Gomila

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Las nuevas ordenanzas municipales aprobadas por el Ayuntamiento de Ciutadella en septiembre, referidas a tránsito, circulación, movilidad y seguridad viaria entraron en vigor este martes con la incorporación de la regulación sobre el uso de los vehículos de movilidad personal y también en el estacionamiento de las autocaravanas en todo el término municipal.

Se trata de dos cuestiones que requerían una normativa concreta por los problemas que han venido ocasionado, tanto los VMP, que han triplicado sus accidentes en dos años -hasta el 31 de octubre se habían producido 16 en Ciutadella-, como las autocaravanas debido a su creciente presencia en el municipio.

Ahora la Policía Local dispone de una herramienta legal con la que trabajar. «Era necesario establecer un marco concreto que regule el uso de estas dos clases de vehículos por los problemas que generaban», señala la regidora de Movilidad y Seguridad Ciudadana, Raquel Pericás. Este departamento ha culminado la regulación de los VMP, de acuerdo con la normativa estatal que entrará en funcionamiento el 22 de enero.

Prohibidos los patinetes en aceras

Ciutadella prohíbe la circulación de estos patinetes por las aceras, zonas peatonales y por las calles o vías en las que la velocidad pueda ser superior a los 30 km/h. Deberán hacerlo, siempre que exista, por el carril bici.

La edad mínima para conducirlos son los 14 años, y hasta los 16, los adolescentes están obligados a usar casco. Los VMP no pueden exceder los 25 km/h en ningún caso y los vehículos de nueva adquisición a partir del 22 de enero ya deben estar certificados conforme cumplen los requisitos técnicos de la normativa estatal.

Los comprados antes de esa fecha podrán seguir circulando hasta el 2027. Todos deben contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra un mínimo de 150.000 euros, y han de disponer de timbre, freno, luz delantera blanca y trasera roja que deberán estar encendidas siempre.

Autocaravanas, máximo 24 horas

En cuanto a las caravanas, autocaravanas y similares, las nuevas ordenanzas insisten en fomentar el sistema de rotaciones. Así, solo podrán estacionar en un mismo punto fijo durante 24 horas. Transcurrido este tiempo deberán estacionarse en otro punto a no menos de 500 metros.

Queda prohibida la acampada por lo que solo podrán ocupar un estacionamiento como el resto de vehículos si la autocaravana se ajusta a las dimensiones del aparcamiento, es decir, no podrán instalar fuera mobiliarios ni toldo, ni tenerlo en marcha o que emita ruidos o fluidos hacia el exterior.